Se estima el recurso interpuesto por la presunta discapaz.
“Dada la naturaleza de la materia, para evitar reiteraciones, daremos respuesta conjunta a ambos recursos. La apreciación de la necesidad y proporcionalidad de las medidas de apoyo que se establezcan está en función de los hechos acreditados y de la motivación contenida en la sentencia acerca del impacto que la discapacidad provoca en la vida de la persona. También de la valoración acerca de si la negativa a la constitución de apoyos judiciales expresada por el propio afectado es una voluntad mediatizada por la enfermedad que padece o por su propia discapacidad, fuente de la necesidad de apoyo”
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