Sentencia del tribunal supremo de 31 de enero 2022. Origen Cádiz. Divorcio. Pensión compensatoria. Efectos retroactivos.

DIVORCIO. PENSIÓN COMPENSATORIA. EFECTOS DE LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL QUE REBAJA LA PENSIÓN DE 1275 EUROS A 400 DESDE LA FECHA DE LA SENTENCIA DE 1 INSTANCIA. Se argumenta diciendo que no se trata de modificar una pensión establecida en otro procedimiento,sino que en sentencia de apelación se rebajó la cantidad que en primera instancia del mismo procedimiento se había fijado, por lo que los efectos de la sentencia de apelación se harán valer desde la sentencia de primera instancia”. 

Juzgado de primera instancia. Pensión compensatoria, a favor de la esposa. Se fija en la cantidad de 1275 euros mensuales, hasta la liquidación de la sociedad de gananciales, todo ello con efectos retroactivos desde la presentación de la demanda de divorcio.

Audiencia provincial. Se fija la cuantía de la pensión compensatoria en 400 euros mensuales en lugar de la cantidad inicialmente señalada sin que haya lugar a la retroactividad a la fecha de la demanda

En cuanto a la fijación del momento del inicio del pago de la pensión compensatoria, sus efectos se producen como pensión que es, desde que se dicta, y la sentencia de la segunda instancia sólo puede venir a desplegar efectos desde el dictado de la segunda instancia

Sentencia del tribunal supremo de 31 de enero 2022. Número Recurso: 4954/2019 Numroj: STS 355:2022 

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