DIVORCIO. DENEGACIÓN PENSIÓN COMPENSATORIA.CRITERIOS GENERALES PARA LA DENEGACIÓN. Cuando se casaron , lo hicieron en separación de bienes, y el padre ya tiene la farmacia y la madre ya trabajaba en lo mismo que ahora. Matrimonio duro 18 años, 2 hijas cuya guarda y custodia la tiene el padre y una madre con 50 años. La sentencia recurrida no tiene en cuenta que, del solo dato de que la esposa gane menos que el marido por su trabajo, o de que tenga un patrimonio sensiblemente menor, no cabe automáticamente dar por supuesto un desequilibrio susceptible de ser compensado con una pensión a cargo de éste. La manera de razonar de la Audiencia Provincial atiende exclusivamente a la existencia de un desequilibrio económico en sentido objetivo, es decir, prescinde de cuál ha sido la causa de ese desequilibrio y, en concreto, prescinde de que la diferencia de patrimonio y de ingresos entre los cónyuges no guarda relación alguna con la pérdida de oportunidades de la esposa como consecuencia de su dedicación a la familia o a la colaboración en la actividad económica del esposo.
El juzgado deniega la pensión comensatoria y la indemnización del 1438 cc
La audiencia conceden 1.200€ de pensión compensatoria de manera vitalicia y desestima la 1438 cc
Circunstancias
- Casados en separación de bienes 25.5.2002
- Cuando se casan el marido ya tiene l negocio de farmacia.
- Duración matrimonio 18 años.
- 2 hijas gemelas. Padre tiene la guarda y custodia.
- Madre siempre ha trabajado durante el matrimonio gananado 1.100€ al mesn y patrimonio de 60.000€
- Madre tienen 50 años
- Padre ingresos mensuales de 9.000€ al mes, y tiene varios inmuebles, 2 coches de lujo y dinero en cuentas corrientes
Tribunal supremo dice La manera de razonar de la Audiencia Provincial atiende exclusivamente a la existencia de un desequilibrio económico en sentido objetivo, es decir, prescinde de cuál ha sido la causa de ese desequilibrio y, en concreto, prescinde de que la diferencia de patrimonio y de ingresos entre los cónyuges no guarda relación alguna con la pérdida de oportunidades de la esposa como consecuencia de su dedicación a la familia o a la colaboración en la actividad económica del esposo.
Sentencia Tribunal Supremo de 28 noviembre 2022. Número Sentencia: 837/2022. Número Recurso: 1093/2022. Numroj: STS 4481:2022. Ecli: ES:TS:2022:4481. Ponente: MARÍA DE LOS ÁNGELES PARRA LUCAN. Procedencia: AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEÓN. SECCIÓN 2.ª