MODIFICACIÓN DE MEDIDAS.DERECHO DEL MENOR DE SER OIDO. El padre solicito tanto en primera instancia como en la audiencia la exploración del menor de 11 años y 11 meses, las cuales fueron denegadas. El jugado de primera instancia lo denegó sin dar explicaciones, La audiencia provincial rechaza oír al menor y se justifica la no exploración por haber sido ya escuchada por varios psicólogos y trabajadora social, donde pudo expresar libremente su opinión y conocerla el juzgador y con el argumento de que tan solo procedía practicar en segunda instancia las pruebas relevantes, existiendo datos suficientes en el procedimiento en relación con la guarda y custodia de la menor. El tribunal supremo revoca ambas sentencias. Sentencia del tribunal supremo de 2 de febrero 2022. Número Recurso: 1489/2021 -Numroj: STS 356:2022 .Origen Murcia
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