PENSIÓN 1438. CRITERIOS PARA FIJAR LA CUANTÍA Y SU PROCEDENCIA. El tribunal supremo estima el recurso de la mujer, en un matrimonio casados en separación de bienes y con una duración de 18 años y 2 hijas menores, durante los cuales la mujer no habría trabajado desde que se casaron en el año 2001 hasta octubre de 2009 y desde octubre de 2009 hasta Julio de 2019 que las niñas van al colegio habría compatibilizado las tareas del hogar cuando los niños están el colegio y desde febrero 2017 con un trabajo como autónoma en el carnicería de la madre del marido, aunque sin llegar a trabajar, por lo que ha lugar al establecimiento de una indemnización del 1438 de CC. En cuanto a la CUANTIA, el criterio ha sido el sueldo que se habría satisfecho a una tercera persona como empleada de hogar, teniendo en cuenta que se trataría del salario mínimo interprofesional correspondiente a cada año, si bien diferencia dos periodos, cuando las hijas no iban al colegio y cuando estas empezaron a ir al colegio. Sentencia del tribunal supremo de 13 de enero 2022.
Número Sentencia: 18/2022. Número Recurso: 2040/2021 .Origen Audiencia provincial de Toledo