MODIFICACIÓN DE MEDIDAS. PENSIÓN DE ALIMENTOS. Exmarido que en sentencia de divorcio tiene que abonar 2.000 euros al mes de pensión de alimentos e interponer demanda de modificación de medidas y en sentencia 6.1.2018 la rebaja a 1.500 euros, la mujer interpone recurso y acuerdan estimar el recurso mediante sentencia 16.7.2020 y que el marido tenga que volver a pagar 2.000 euros. La cuestión que se discute es si el marido consecuencia de la sentencia de la audiencia provincial tiene pagar desde el 6.11.2018 fecha 1 sentencia hasta el 16.7.2020 la diferencia de lo que no pago, es decir 500 euros. Y el tribunal supremo dice la sentencia de la Audiencia habrá de desplegar sus efectos, con arreglo a la doctrina que ha sido anotada, desde la fecha en que se dictó.
· 10.52017 sentencia de divorcio, pensión alimentos 2.000
· 6.11.2018 se dicta sentencia de modificación medidas. Pensión alimentos 1.500
· 16.7.2020 sentencia ap provincial. Estima el recurso de la mujer. Pensión 20000
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 enero de 2022. Madrid. Número Sentencia: 17/2022 Número Recurso: 2300/2021