EL TEDH señaló una violación por parte de Italia del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el «derecho a la vida privada y familiar» en cuanto al establecimiento de la relación legal entre un padre y un hijo. Y al no actuar rápida y efectivamente para proteger los intereses del bebé, que hoy tiene cuatro años y se había considerado una persona «sin Estado» hasta ahora.
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