Improcedencia de constituir una curatela, por existir una guarda de hecho correctamente ejercida por un hijo, a quien se le conceden facultades de representación, sin necesidad de que deba iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria.
Improcedencia de constituir una curatela, por existir una guarda de hecho correctamente ejercida por un hijo, a quien se le conceden facultades de representación, sin necesidad de que deba iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria.