Hemos acudido hoy a la vista en la solcitud de una curatela representativa al Juzgado de Primera Instancia 94 en Madrid. Mientras esperábamos el informe del Forense, la magistrada se ha sorprendido de la necesidad del procedimiento en un asunto enel que la familia aparentemente tenía resuelta como guardadores de hecho las necesidades de la madre, en este supuesto. La razón fundamental, las exigencias de la entidades financieras más allá de lo que la Ley les permite sobre la representación para la gestión de cuestiones básicas como las pensiones de jubilación, o en este caso hacer entrega a la viuda de unas cantidades como beneficiaria (que no heredera) de una indemnización. Nos indican que se están empezando a acumular demandas por la exigencia de los bancos de la revisión del cargo de tutor de la antigua incapacidad,Efectivamente el Ministerio Fiscal nos informa que se están planteando desde la Fiscalía en estos asuntos presentar denuncias por coacciones, encontrándose pendientes de una reunión con varias de estas entidades. Entiendo que es una información que hemos de tener en cuenta en nuestros procesos. Por cierto sí acogeran las curatela representativa
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